Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula cada régimen? (ejemplo con una sociedad)
Con ingresos de 500.000.000 y costos de 400.000.000 en el grupo comercio con ICA de 11,04 por mil: en el régimen ordinario, la base gravable es ingresos menos costos menos ICA (deducible 100%, art. 115 ET) = 94.480.000; el impuesto de renta es el 35 % de esa base (33.068.000, art. 240 ET); sumado al ICA (5.520.000), el total es 38.588.000. En el Régimen Simple, el impuesto es la tarifa del tramo (2%, tramo 2) multiplicada por los ingresos brutos = 10.000.000, sin restar costos ni sumar el ICA aparte (ya va incluido en la tarifa). En este ejemplo, el Régimen Simple sale 28.588.000 más barato.
¿Cómo funcionan los tramos del Régimen Simple?
El Régimen Simple tiene 4 tramos según tus ingresos brutos anuales: hasta 6.000 UVT (unidad de valor tributario: 52.374 pesos en 2026), hasta 15.000 UVT, hasta 30.000 UVT y hasta 100.000 UVT; cada tramo tiene su propia tarifa según tu grupo de actividad (art. 908 ET). El límite superior de cada tramo es exclusivo: con ingresos de exactamente 6.000 UVT ya estás en el segundo tramo, no en el primero. Con 100.000 UVT o más ya no puedes pertenecer al Régimen Simple (art. 905 ET).
¿Por qué el resultado del régimen ordinario para persona natural es solo un tope?
Para persona natural, el simulador aplica la tabla progresiva del artículo 241 del Estatuto Tributario (rentas no laborales) directamente sobre ingresos menos costos menos ICA, sin restar las exenciones y deducciones que la declaración de renta real sí permite (aportes voluntarios, dependientes, vivienda, entre otras). Por eso el resultado mostrado aquí es un tope superior: en tu declaración real el impuesto normalmente sale menor.
¿Cómo afectan los aportes a pensión del empleador?
Los aportes a pensión que tu empresa paga como empleadora se descuentan del impuesto del Régimen Simple, pero el descuento no puede superar la parte del impuesto que no corresponde al ICA (art. 903 parágrafo 4 ET). Este simulador solo modela los aportes de un año completo, sin arrastrar saldos de bimestres anteriores.
¿Qué no incluye este simulador?
No incluye el impuesto de avisos y tableros ni la sobretasa bomberil (en el Régimen Simple ya están incluidos en la tarifa consolidada), los dividendos, la tasa mínima de tributación del 15%, el gravamen a los movimientos financieros (GMF), el IVA de tus ventas, el impuesto al consumo del 8% en expendio de comidas y bebidas, las ganancias ocasionales, ni el descuento del artículo 912 ET por recibir pagos electrónicos.
¿Este simulador calcula los anticipos bimestrales del Régimen Simple?
No. Es un simulador anual: compara el total del año, no los seis anticipos bimestrales del recibo 2593. Además, las personas naturales del Régimen Simple con ingresos del año anterior de hasta 3.500 UVT solo presentan la declaración anual, sin pagar anticipos bimestrales (parágrafo 3 del artículo 910 ET).
¿Quién no puede pertenecer al Régimen Simple?
Entre otros, no pueden estar en el Régimen Simple: quienes tuvieron ingresos brutos de 100.000 UVT o más el año anterior y las sociedades cuyos socios no sean todos personas naturales residentes en Colombia (art. 905 ET); las filiales, subsidiarias, agencias o sucursales de sociedades nacionales o extranjeras; las entidades financieras; y quienes se dediquen al microcrédito, el factoring, la asesoría financiera, la generación o venta de energía, la fabricación o importación de automóviles o la importación de combustibles (art. 906 ET).