Preguntas frecuentes
¿Quién debe emitir una cuenta de cobro?
La cuenta de cobro la usan las personas naturales que prestan un servicio, como contratistas o prestadores independientes, para cobrar por su trabajo. Si eres responsable del IVA, estás en el Régimen Simple o tus ingresos superan 3.500 UVT en el año, la ley exige facturar electrónicamente en su lugar; si no es tu caso, quien te paga suele emitir el documento soporte por ti y la cuenta de cobro sirve como respaldo del cobro.
¿Qué pasa si no sé mi número de cuenta o mi banco?
Puedes dejar esos campos en blanco y completarlos después; no son obligatorios para generar el PDF.
¿Debo marcar las declaraciones de IVA y retención?
Solo si aplican a tu caso: la primera declara que no eres responsable del IVA, siempre que cumplas TODAS las condiciones del parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario (entre ellas, ingresos del año por debajo de 3.500 UVT). La segunda declara que no has contratado ni vinculado a dos o más trabajadores para la actividad que estás cobrando —tener uno solo no te lo impide— y su efecto es que quien te paga te retiene con la tabla del artículo 383 en lugar de la tarifa de honorarios. Si tienes dudas, consúltalo con tu contador antes de marcarlas.
¿Puedo incluir el número de mi planilla PILA?
Sí, agrégalo en el campo de notas junto con el período que cubre, si tu pagador lo pide como soporte del pago de seguridad social.
¿Esta herramienta guarda o envía mis datos a algún servidor?
No. El PDF se genera enteramente en tu navegador con JavaScript; ningún dato que escribas sale de tu equipo ni se guarda en ningún lado. Si lo abres desde el navegador interno de Instagram, Facebook o TikTok, es posible que la descarga falle: ábrelo con Safari o Chrome. Los caracteres que no pertenecen al alfabeto occidental estándar del PDF se muestran como «?».